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Divorcio Express Online >> Abogado matrimonialista Madrid >> Diferencias entre la separación y el divorcio
Aunque puedan parecer actos similares, existen diferencias entre la separación y el divorcio que es necesario conocer ya que las consecuencias pueden variar.
El inicio se debe siempre a las mismas causas, el deseo del matrimonio, o bien de uno de los miembros de este, de cesar la convivencia.
De esta decisión se derivan una serie de consecuencias y, de cara a oficializar esta separación de hecho, se deberán llevar a cabo una serie de trámites de cara a la Administración Pública para que quede constancia a todos los efectos de esta nueva circunstancia.
¿Cuáles son por tanto las diferencias? Se las explicamos.
La separación “de facto” hace alusión a la separación física del matrimonio, cuando uno de estos abandona el hogar familiar y cesa la convivencia.
Esta separación, para que tenga consecuencias legales frente a terceros, deberá ser tramitada por la vía judicial.
El proceso de separación puede ser iniciado por ambos miembros de la pareja, o a instancias de uno solo. Eso sí, es un requisito necesario que hayan transcurrido al menos 3 meses desde que se produjo el matrimonio.
Debido a que la separación y el matrimonio no son exactamente iguales, tampoco lo son las consecuencias.
Hace unos años, era necesaria la separación como paso previo a solicitar el divorcio. A día de hoy, para tramitar el divorcio, esto ya no es necesario.
Por ello, la separación suele ser solicitada por aquellos matrimonios que en principio se plantean un cese temporal de su convivencia, dejando así la posibilidad de que en un futuro pudiera producirse una reconciliación.
¿Qué consecuencias tiene la separación?
El divorcio es el trámite que más se lleva a cabo con diferencia en España, cuando un matrimonio decide poner fin a este de forma definitiva.
Las consecuencias del divorcio son definitivas desde todos los puntos de vista. Para que esto sea así, se ha de llevar a cabo un proceso legal que finaliza con una sentencia de divorcio en la que se reconocerá este y se recogerán todas las medidas y acuerdos relativos a: custodia de hijos, uso de la vivienda familiar, pensión de alimentos, liquidación del régimen económico matrimonial...
Las consecuencias del divorcio tendrán efecto a partir de que se publique la sentencia.
Las causas del divorcio o la separación pertenecen exclusivamente a la esfera privada de cada matrimonio y por ello, actualmente, no es necesario alegar ningún tipo de causa cuando se presenta la demanda de divorcio o separación.
El divorcio es legal en España desde el año 1981. En 2005 esta ley fue reformada de forma significativa, recogiendo muchas de las demandas que se había hecho por un importante grueso de la sociedad y juristas.
Una de las principales modificaciones fue la desaparición del listado de causas que se podían alegar para solicitar el divorcio. A partir de entonces, ya no era necesario que se alegase ninguna causa, pudiendo ser solicitado a instancias de un solo cónyuge.
Como novedades también destacadas, desapareció la obligación legal de que el matrimonio primero tramitase la separación para posteriormente poder solicitar el divorcio. Actualmente no es necesario pasar por una separación previa, pudiendo solicitarse directamente el divorcio.
El procedimiento de separación o divorcio es muy similar. Actualmente se abre una nueva vía para poder tramitar la separación o el divorcio, que es la vía notarial, es decir, la posibilidad de hacer un divorcio o separación ante Notario. Hay que aclarar que esta opción solo es posible si no hay hijos menores o dependientes del matrimonio, en cuyo caso obligatoriamente deberá tramitarse por la vía judicial.
El proceso se inicia mediante la presentación de una demanda de separación o divorcio. Dependiendo de si es por mutuo acuerdo, o si es contencioso, será ambos cónyuges, o bien solo uno de ellos quién la presente.
La existencia o no de acuerdo entre la pareja marcará el cómo se va a desarrollar el proceso. En el caso de ser de forma amistosa, junto a la demanda conjunta de separación o divorcio se presentará un Convenio regulador, que recogerá todas las medidas acordadas por el matrimonio y que afectarán al futuro familiar en lo que respecta a cuestiones tales como la custodia, vivienda, liquidación del régimen económico...
Si nos encontramos ante un proceso contencioso, cada una de las partes deberá defender su postura frente al Juez, siendo este quién, junto con la sentencia, determine los acuerdos adoptados, cuyo cumplimiento es vinculante para ambos.
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